Ley de 40 horas: Gobierno aclara que reducción de jornada no podrá ser de 12 minutos diarios

18 de Abril 2024 | Publicado por: Equipo Digital
Fotografía: Contexto | Carolina Echagüe M. | Diario Concepción

El viernes 26 de abril inicia la aplicación de la Ley de 40 horas, normativa que tiene como objetivo principal asegurar que, para el año 2028, ninguna jornada laboral supere las 40 horas semanales, en contraposición a las 45 horas actualmente establecidas.

Este cambio se implementará gradualmente, con una reducción de una hora por año. La primera entrará en vigor este próximo viernes, llevando la jornada laboral a 44 horas por semana.

En este marco, la ministra del TrabajoJeannette Jara, junto con el director del TrabajoPablo Zenteno, detallaron el proceso de implementación de este decreto y aclararon ciertos aspectos, como la reducción proporcional y las horas de almuerzo.

Así se aplicará la reducción de una hora

La ministra Jara definió que la hora semanal reducida deberá aplicarse de manera obligatoria en un día completo con una hora menos, desestimando la posibilidad de distribuir ese tiempo en 12 minutos menos cada día hábil. Además, destacó que esta legislación no afecta la hora de almuerzo y que cualquier violación a esta franja horaria será sancionada.

“La ley tiene un objetivo claro y es tener más tiempo. Y, por tanto, no vale hacer distintos tipos de figuras que lo que hagan es descontar tiempo, por un lado, y sumar tiempo por el otro”, aseveró la secretaria de Estado.

Por otro lado, Zenteno explicó que se llevará a cabo una inspección exhaustiva tanto en grandes como en pequeñas empresas para verificar el cumplimiento de los nuevos horarios. Asimismo, se impondrán multas a las grandes empresas que no cumplan con la medida, mientras que a las pymes se les permitirá corregir la distribución sin sanciones, consignó CNN Chile.

En base a lo anterior, si se trata de una jornada de lunes a viernes, el empleador deberá reducir al menos una hora la jornada diaria en alguno de los cinco días que forman parte de la jornada semanal.

En el caso de una jornada semanal de seis días, de lunes a sábado, se precisa que “el empleador deberá reducir al menos 50 minutos en una jornada diaria y la fracción de 10 minutos en otra, en alguno de los seis días que forman parte de la jornada semanal“, reza el dictamen emitido por el Ministerio del Trabajo.