Biobío concentra el 55% de establecimientos notificados por el SMA para reforzar medidas de emisiones contaminantes

13 de Mayo 2026 | Publicado por: Equipo Digital
Fotografía: Cedida | Contexto

La Superintendencia del Medio Ambiente notificó preventivamente a 620 establecimientos entre O’Higgins y Aysén para reforzar el cumplimiento de medidas de control de emisiones durante el Período de Gestión de Episodios Críticos.

Un 55% de los establecimientos notificados corresponde a la Región del Biobío. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizó una notificación preventiva a 620 establecimientos, mediante correos electrónicos enviados a través del Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), con el objetivo de reforzar el cumplimiento de las medidas de control de emisiones y las obligaciones de reporte.

Los establecimientos notificados se encuentran en comunas sujetas a los Planes de Prevención y/o Descontaminación Atmosférica (PPDA/PDA), desde la Región de O’Higgins hacia el sur.



Según la SMA, la notificación tiene carácter preventivo y se enmarca en el inicio del Período de Gestión de Episodios Críticos (GEC), que comienza el 1 de abril de cada año, instancia en la que la institución intensifica la fiscalización de las medidas de su competencia y verifica el cumplimiento de las acciones orientadas al control de emisiones contaminantes al aire.

Según información de la SMA, de los 620 establecimientos notificados, un 55% se concentra en la Región del Biobío, en comunas donde aplica el PPDA Concepción Metropolitano y el PDA Los Ángeles; un 14% corresponde al PDA Osorno; y un 11% se ubica en comunas de la Región del Maule, asociadas al PDA Talca y Maule y al PDA Valle Central de Curicó.



Al respecto, la Superintendenta (s) Claudia Pastore señaló que “hemos notificado preventivamente a más de 600 establecimientos a afectos a los planes de descontaminación atmosféricos entre las regiones de O’Higgins y Aysén con el objeto de asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental, prevenir sanciones y proteger la salud de la población mediante la reducción de emisiones contaminantes, especialmente durante este periodo de episodios críticos”.

Finalmente, la Superintendencia del Medio Ambiente recordó que cuenta con facultades sancionatorias ante el incumplimiento de las medidas establecidas en los PDA/PPDA, así como de las instrucciones impartidas. Estas sanciones pueden considerar multas de hasta diez mil unidades tributarias anuales, además de la clausura temporal o definitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de su Ley Orgánica.