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Dictamen de la Dirección del Trabajo exime a empleadores de pagar sueldos a trabajadores durante cuarentena

Gabriela Maciel
Fotografía: Gobierno Regional
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Este jueves, se dio a conocer un documento emanado desde la Dirección del Trabajo, refiriéndose  a la situación contractual de los empleados que se han visto afectados por los cordones sanitarios y cuarentenas en diferentes puntos del país, en el marco de la prevención del coronavirus Covid-19.

En el dictamen se estipula que se considera las medidas sanitarias restrictivas se consideran como“caso fortuito o de fuerza mayor” por lo que “se exonera a las partes de las obligaciones recíprocas que les impone el contrato de trabajo. A saber, otorgar el trabajo convenido y pagar la remuneración de parte del empleador y asistir a prestar los servicios pactados por parte del trabajador”.

En otras palabras, el empleador no tiene que pagar las remuneraciones al trabajador que por fuerza mayor no pueda acudir a su respectivo trabajo. Por su parte el dependiente no está obligado a cumplir sus funciones.

Por otra parte, la misma Dirección del Trabajo puntualiza tal determinación “debe ser necesariamente analizada por los tribunales ordinarios de justicia, quienes, en definitiva son los encargados de dirimir alguna controversia”.

Asimismo, en el documento se menciona que las labores indispensables para la población están exentas de apelar a los alcances de caso fortuito o fuerza mayor, entonces será necesario un salvoconducto y, en caso de un cordón sanitario, un permiso para que el trabajador pueda acceder a su lugar de trabajo.

El documento continúa puntualizando que, los empleadores deben garantizar la protección de sus trabajadores y pueden considerar adelantar o postergar el inicio y término de la jornada de trabajo. Asimismo, la remuneración será en función de las horas trabajadas, como señala CNN Chile.

En cuarto lugar, establece que el empleador está exento de pagar remuneración de un trabajador que, habiendo terminado su jornada diaria, decida permanecer en las instalaciones de la empresa a la espera del levantamiento de, por ejemplo, el toque de queda.

Sobre estas medidas, la entidad que debería proteger a los trabajadores, señaló que se basó en la legislación actual, específicamente en el Código Civil, en que se puntualiza las situaciones fortuitas o de fuerza mayor, lo que según su interpretación se ajustan al actual panorama nacional.

El dictamen fue criticado desde diferentes sectores políticos y desde organizaciones como la CUT, donde puntualizaron que con esto  deja desprotegidos de forma absoluta a los trabajadores en uno de los momentos más complejos, como consigna Diario Concepción.

 

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