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Restringen uso de leña en Gran Concepción

Diario Concepción
Fotografía: Diario Concepción
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Entre las 18:00 horas y la medianoche de este sábado y domingo se prohibirá la emisión de humos visibles de artefactos a leña, dentro del polígono de restricción de la provincia de Concepción.

En lo preciso, se veta el uso de leña con un porcentaje mayor a un 25% de humedad y que emita humo al ambiente.

La alerta de se basa en el pronóstico de MP2.5 80 – 109 µg/m³, y limitará el tipo de calefacción en las comunas de Concepción, Chiguayante, Hualqui, Hualpén, Talcahuano, San Pedro de la Paz, Coronel, Lota, Penco y Tomé.

“Se recomienda para efectos de la realización de actividad física, remitirse a lo señalado en la “Guía de recomendaciones de Actividad Física con Alerta Ambiental” de la Subsecretaría de Salud Pública”, informó el Ministerio de Medio Ambiente.

Asimismo, explicaron que quedan exceptos de paralizar sus actividades:

  • Las calderas que se utilicen en proyectos inmobiliarios, con sistema de calefacción distrital.
  • Calderas que acrediten emisiones con concentraciones inferiores o iguales a 25 mg/m3N de material particulado.
  • Laboratorios de medición de calefactores a leña y laboratorios autorizados como Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental.
  • Las calderas y hornos que usen un combustible gaseoso, con un contenido inferior o igual a 50 ppmv de azufre en días de episodio. Para demostrar lo anterior, el titular deberá presentar a la Superintendencia del Medio Ambiente, durante el mes de enero de cada año, un informe que dé cuenta de tales condiciones.
  • Las calderas y hornos que, por condiciones de seguridad, ambientales y/o tecnológicas no puedan paralizar en días de episodios. Para ello deberán presentar a la Seremi del Medio Ambiente, una propuesta de Plan de Ajuste Operacional para reducir sus emisiones mientras dure el periodo de Gestión de Episodios Críticos (GEC), de acuerdo a los plazos dispuestos en el artículo 80 del PPDA Concepción Metropolitano.

En este marco, se recomienda el uso de calefactores no contaminantes, la utilización de leña seca (menor a 25% de humedad), distribuida por comerciantes establecidos, y la mantención de los calefactores con la periodicidad indicada por el fabricante.

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