Prensa

Avanza proyecto que sanciona el negacionismo de violaciones de DDHH en dictadura

Equipo Digital
Fotografía: Archivo | Lukas Jara M. | Diario Concepción
Comparte

La Cámara de Diputados despachó al Senado el proyecto de ley que tipifica como delito la incitación al odio y la violencia, además del negacionismo de las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar.

La principal idea de la iniciativa es sancionar penalmente a quienes promueven discursos que, conforme a pactos internacionales, consistan en una apología del odio, capaz de desencadenar en actos de violencia o cualquier otra acción ilegal similar, que afecte a un grupo de personas o a sus miembros.

Sin embargo, y pese a aprobarse el artículo que incluye la incitación a la violencia y al odio en el catálogo de crímenes y delitos, la norma sobre incitación a la violencia física fue rechazada, al no alcanzar los votos necesarios. Mientras que el artículo referido a la incitación al odio, no alcanzó mayoría simple para su aprobación.

El texto proponía sancionar el delito de incitación a la violencia, con una pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y multa de 20 a 40 UTM. Y en el caso de la incitación al odio, se establecía una pena de prisión en su grado medio a máximo, es decir, de 21 a 60 días.

En tanto, la norma que sanciona el negacionismo de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en Chile, fue aprobada con 75 votos a favor, 66 en contra y 6 abstenciones, informó la sala de prensa de la Cámara.

La iniciativa busca sancionar a quien justifique, apruebe o niegue las violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado durante la dictadura cívico militar, ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, consignadas en distintos informes oficiales, “siempre que dichos actos perturben el orden público o bien impidan, obstruyan o restrinjan de forma ilegítima el ejercicio de un derecho por parte de el o los ofendidos, con la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), y multa de 40 a 60 UTM”.

Además, se señala que la sanción se agravará en un grado si la conducta es cometida por un funcionario público, quien además sufrirá la pena de inhabilidad absoluta temporal, en su grado mínimo, para ejercer funciones públicas.

Etiquetas