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Juzgado reconoce relación laboral entre repartidor penquista y Pedidos Ya

Equipo Digital
Fotografía: Radio UdeC
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El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción falló a favor de un trabajador repartidor que interpuso una demanda en contra Pedidos Ya Chile SPA. El recurso fue ingresado el 15 mayo, acusando despido injustificado por parte de la empresa de delivery, pese a no contar con un contrato.

En la instancia, el afectado solicitó a la justicia que decretara la existencia de una relación laboral, esto con el objetivo de establecer el pago de indemnizaciones y otros asuntos laborales.

El dictamen estableció que la empresa de repartos a través de aplicación móvil, deberá realizar los pagos correspondientes y reincorporar al trabajador afectado.

La jueza Ángela Hernández, puntualizó en el dictamen que “que, sin embargo, la falta de escrituración del contrato de trabajo, obliga a probar su existencia a quien lo alegue, debiendo acreditarse la concurrencia de los elementos que configuran la relación laboral, esto es, una prestación de servicios personales, una remuneración por dicha prestación y su ejecución bajo subordinación“.

Agregando que el trabajador “prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada (la empresa), al estar sujeto a órdenes e instrucciones, ser supervigilado en sus labores, percibiendo las sumas de rigor por sus servicios, finalmente, con una frecuencia semanal previa liquidación efectuada por la recaudadora”.

Por otra parte la corta desestimó la defensa de Pedidos Ya, donde se señalaba que el afectado era “libre de elegir su jornada, libre de decidir si se conecta o no a la aplicación, llega a ser su propio jefe”.

El Tribunal determinó que “bajo esta libertad para conectarse, está la sanción de ser bajado de calificación, de no poder elegir el turno que mejor remuneración le entregue, pudiendo incluso ser dado de baja de la aplicación, el actor tampoco tiene libertad sobre cómo realiza su función, pues está condicionado a los pasos que le otorga la demandada y siempre está siendo calificado a fin de comprobar si cumple su cometido conforme a las instrucciones de la demandada, siendo castigado si no lo hace, con una baja calificación que termina incidiendo en sus remuneraciones”.

Hernández explicó que; “se estableció que la aplicación ejercía subordinación y controlaba a los repartidores ya sea mediante calificaciones (calificaciones y sistema de turnos) que no podían modificar; la imposibilidad de rechazar pedidos, ya que si lo hacían la aplicación los bloqueaba”

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