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Ya es realidad: Pueblos originarios tendrán escaños reservados en convención para nueva Constitución

Equipo Digital
Fotografía: Diario Concepción
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Listo para su promulgación quedó el proyecto de reforma constitucional que asegura a los pueblos originarios 17 escaños entre los 155 miembros de la Convención Constitucional que estará encargada de redactar la nueva Constitución Política del país.

Con la convicción de que “se inicia un proceso histórico que apuntará a saldar la deuda histórica del Estado hacia los pueblos originarios”, la sala del Senado despachó ayer el informe de la Comisión Mixta que resolvió la fórmula de consenso frente a la reforma constitucional.

Eso sí el cupo destinado a los afrodescendientes se sometió a votación en forma separada y, por no reunir el quórum requerido, quedó desestimado, informó la sala de prensa del Senado.

¿Cómo se elegirán los constituyentes de pueblos originarios?

1.- Los postulantes deberán acreditar su pertenencia a través de Conadi y domicilio en función del pueblo que representarán.

2.- Deberán contar con el patrocinio de comunidades, asociaciones, organizaciones o personas, mediante firmas ingresadas a una plataforma que habilitará el Servel.

3.- Para asegurar la paridad, cada candidatura deberá inscribirse designando una candidatura alternativa del género opuesto.

4.- El Servel elaborará un padrón especial con datos obtenidos desde distintas fuentes, principalmente Conadi.

5.- Quienes no aparezcan en ese registro podrán validar su pertenencia ante un ministro de fe. También podrán presentar una declaración jurada de autoidentificación con un pueblo determinado.

6.- Los electores solo podrán votar por una candidatura del pueblo al que pertenecen. Existirá una papeleta para cada uno de ellos.

7.- El Servel podrá descontar los escaños reservados desde los distritos con mayor porcentaje de personas declaradas como indígenas, según el Censo 2017.

8.- Existirá una franja electoral indígena, equivalente al 13% del tiempo total establecido.

9.- Habrá un reembolso adicional para las candidaturas consistente en 0,01 UF por cada voto obtenido.

10.- Todas las listas de candidaturas deberán incluir un mínimo de 5% de personas en situación de discapacidad.

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