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Quedan pocos días: Conoce cómo solicitar el préstamo solidario de 0% interés

Equipo Digital
Fotografía: Archivo | Gob.cl
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Diciembre es el último mes en que se podrá solicitar el Préstamo Solidario del Estado dirigido a trabajadores y empresarios que han visto reducidos sus ingresos durante la pandemia. El crédito tiene tasa de interés real 0%, con montos de hasta $650 mil, que deberán reintegrarse desde 2022.

Desde el pasado 7 de diciembre está disponible, en el Servicio de Impuestos Internos (SII), la opción para que trabajadores dependientes y empresarios individuales puedan revisar si cumplen los requisitos para optar al beneficio.

¿Quiénes pueden acceder al préstamo?

Pueden solicitar el crédito los trabajadores con ingreso promedio igual o superior a $400 mil durante 2019, y tener una disminución de -al menos- un 30% en el mes anterior al que se solicita el beneficio. Para empresarios individuales, se considera la base del cálculo de los PPM, en el mes anterior al que solicita el beneficio.

En tanto, los trabajadores independientes ya no pueden solicitarlo. Noviembre fue el último mes en el que optaron a este beneficio, al que pudieron acceder desde junio, y por hasta 3 veces.

¿A cuánto dinero se puede acceder?

El préstamo solidario corresponde al 70% de la disminución de ingresos que experimentó el trabajador o la empresa, con un tope de $650 mil, y puede solicitarse hasta por 3 meses, continuos o discontinuos, entre agosto y diciembre de 2020.

Estos montos no estarán afectos a ningún impuesto ni retención administrativa, salvo la retención de hasta el 50%, por concepto de deuda de pensión alimenticia.

El SII destacó que el beneficio estaba disponible por hasta tres meses, por lo que si el trabajador dependiente o el empresario individual ya solicitó el préstamo en tres periodos, significa que completaron el máximo posible de solicitud del beneficio.

¿Cuándo se deberá devolver el dinero?

El reintegro del préstamo deberá realizarse a partir de 2022, en 4 cuotas, de acuerdo al siguiente detalle:

1° cuota equivalente al 10% del beneficio entregado, a pagar en 2022
2° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2023
3° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2024
4° cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2025

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