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Es falso: Convención Constitucional no aprobó la eliminación de boletas de honorarios en Chile

Equipo Digital
Fotografía: Archivo | Diario Concepción
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Durante la votación en particular de normativas en derechos sociales para la nueva Carta Magna de Chile, la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó la prohibición de que empleadores que tengan a trabajadores bajo una relación de subordinación y dependencia los vinculen con boletas de honorarios. De esta manera, si existe la situación antes planteada, los empleados deberán ser contratados por la firma.

No obstante, a pesar de lo público del artículo, en redes sociales se viralizaron publicaciones donde se afirmaba que la Convención Constitucional aprobó la eliminación de boletas de honorarios en el país.

El proyecto además apunta a no permitir la subcontratación para acciones propias de los giros de las empresas. A modo de ejemplo, si una firma hace pan, no podrá subcontratar a personal que realice pan, sino que tendrá que generarles un contrato directo.

“Dicen que se habría prohibido la subcontratación o contratos a honorarios en la Constitución, esto no es cierto, porque esa norma no ha sido vista ni aprobada en el pleno”, aclaró la presidente del órgano redactor, María Elisa Quinteros, en 24 Horas.

“La subcontratación estará permitida únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, tales como los contratos a honorarios que ocultan relaciones laborales o administrativas estables, o la tercerización y externalización de servicios“, sostiene el texto.

Cabe señalar que si bien la propuesta fue aprobada por la Comisión de Derechos Fundamentales aún debe ser votada por el pleno de la Convención Constitucional.

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