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Convención aprueba normas sobre estatuto de aguas: autorizaciones de uso serían de carácter incomerciable

Equipo Digital
Fotografía: Archivo | Pexels
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Con 117 votos a favor, 24 en contra y 9 abstenciones, la Convención Constitucional aprobó el primer artículo del estatuto de las aguas, el cual señala que “el Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico”.

Ahora, la iniciativa formará parte del borrador de la nueva Constitución, luego de que el primer informe general fuera rechazado el pasado 21 de abril.

En la misma línea, otras de las normativas aprobadas indican que “el agua es esencial para la vida” y que “siempre prevalecerá el ejercicio del derecho humano al agua, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas”. 

Además, el Pleno debatió sobre la autorización del uso del agua, donde se estableció que no será de carácter comercial y estará otorgada por la Agencia Nacional de las Aguas. Órgano autónomo, con personalidad jurídica, que fue aprobado en el informe de Sistemas de Justicia.

Ponemos fin a su mercado y lo reemplazamos por un régimen público que articula un mandato al gobierno central a través de la Agencia Nacional de las Aguas, con el objetivo de velar por el equilibrio ecosistémico y el derecho humano al agua”, declaró la convencional y Coordinadora Plurinacional, Ivanna Olivares, según 24 horas.

Por otra parte, la Convención aprobó con 103 votos a favor, 33 en contra y 9 abstenciones, el informe da la comisión que reconoce el uso tradicional de las aguas en los pueblos indígenas, y que es deber del Estado garantizar su protección y abastecimiento.

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