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Corte de Apelaciones rechaza recurso de ANFP por daños en Ester Roa Rebolledo

Equipo Digital
Fotografía: Poder Judicial | Facebook
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La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso interpuesto por la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, ANFP, en contra de la Delegación Presidencial del Biobío que multó a la organización con 1.000 UTM por los desmanes producidos durante el partido de Colo Colo con la Universidad Católica (UC), registrado el 23 de enero de 2022 en el Estadio Ester Roa Rebolledo.

La Segunda Sala del tribunal de alzada, en fallo unánime (39-2022), estableció que los organizadores del evento deportivo incumplieron las medidas de seguridad y disposiciones contenidas en la ley N° 19.327. El fallo señala “como hechos a investigar los relativos a (i) la falta de cumplimiento, por parte del personal de seguridad privada dispuesto por el organizador, de las funciones correspondientes para prevenir, evitar o mitigar el incumplimiento de las condiciones de ingreso y permanencia de los asistentes durante el ingreso de éstos por los controles de acceso del recinto deportivo; y (ii) la falta de cumplimiento, por parte del personal de seguridad privada dispuesto por el organizador, de las funciones correspondientes para prevenir, evitar o mitigar el incumplimiento de las condiciones de ingreso y permanencia de los hinchas durante el desarrollo del evento deportivo“.

“La resolución exenta N° 1.043 de 27 de julio de 2022, en tanto y conforme se explica latamente en ella, sanciona a la recurrente por los ‘incidentes que alteraron la normalidad del espectáculo de fútbol profesional y pusieron en riesgo la seguridad e integridad de todos los asistentes al recinto deportivo’, detallándose los sucesos, su calificación, la normativa aplicable y demás elementos conforme a los que se sanciona a la ANFP, acogiéndose la denuncia efectuada por el Departamento Estadio Seguro de la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior y Seguridad Pública en su contra como organizador de dicho partido de fútbol, disputado en el lugar y fecha que en ella se indica (folio 11 N°4)”, agrega el texto.

Cabe señalar que la ANFP aún puede apelar recurriendo a la Corte Suprema, instancia aún no anunciada por el organismo.

Lea el fallo completo a continuación

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