De acuerdo con el artículo 66 bis del Código del Trabajo, los empleadores tienen la obligación de dejar a sus trabajadores realizarse exámenes preventivos de próstata o mamografías.
La normativa, que podría resultar poco conocida, indica que una vez al año los trabajadores pueden solicitar medio día laboral para realizarse exámenes dichos exámenes, según corresponda, en instituciones públicas o privadas de salud.
El permiso también sirve para quienes tengan que someterse a otros exámenes preventivos, como el papanicolaou (utilizado para detectar el cáncer cérvico-uterino).
Además, en caso de ser necesario, el empleador debe aumentar el tiempo de permiso para considerar traslados desde y hacia el recinto sanitario, condiciones geográficas, de transporte y disponibilidad de equipamiento médico.
¿Quiénes pueden acceder a este permiso laboral?
Según explica la legislación, los beneficiarios deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener un contrato de trabajo por más de 30 días.
- Hacer uso del beneficio por lo menos 30 días después de haber empezado la relación laboral (firma del contrato).
- Lo anterior también es válido para contratos a plazo fijo, por obra o faena, quienes podrán hacer uso de su derecho en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
¿Cómo se solicita?
Para ejercer el derecho, el trabajador deberá avisar a su empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes.
Tras la revisión médica, tendrá que mostrar los comprobantes de la atención médica para acreditar la realización del mismo.