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Conoce de cuánto es la multa por no prender las luces al conducir en carretera

Equipo Digital
Fotografía: Contexto | Pexels
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Cuando una persona toma el volante de su auto para transitar por las calles hacia su destino, debe conocer todas y cada una de las normativas de la Ley de Tránsito.

Sin embargo a pesar del conocimiento que se puede tener sobre la ley, es probable que algunas obligaciones sean olvidadas. Una de las situaciones más comunes podría estar relacionada con el encendido de las luces del automóvil, cuyo uso incorrecto es motivo de multa por parte de Carabineros.

Pero ¿Cuándo debo encender las luces de mi auto?

Si bien es cierto que no existe un horario determinado en que los conductores deban encender las luces de su auto, principalmente porque la intensidad y extensión de la luz natural en horario de verano no son las mismas que hay durante el invierno.

Lo que sí establece la Ley de Tránsito es la obligación de encender las luces desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida (bajas cuando transiten por vías públicas urbanas y altas en caminos y vías rurales).

Por ejemplo durante el verano, en Concepción la puesta de sol es cercana a las 21:00 horas, así que las luces deben encenderse a partir de las 21:30 horas, hasta cerca de las 06:30 horas del día siguiente, considerando que la salida del sol es a las siete de la mañana.

También deben prenderse cada vez que las condiciones del tiempo lo requieran, lo que significa que las luces deben activarse en casos de neblina o lluvia.

Para quienes rige una disposición relativamente distinta es para quienes se movilizan en motocicletas, bicimotos, motonetas y similares: sin importar el horario o las condiciones del tiempo, siempre deben circular con las luces prendidas.

“Los vehículos motorizados, cuando circulen por rutas interurbanas, incluso cuando estas rutas atraviesan zonas urbanas, deberán hacerlo con sus luces de circulación diurnas encendidas”, indica la legislación.

¿De cuánto es la multa por no llevar las luces encendidas?

Conducir un vehículo sin luces activadas en las horas y circunstancias en que se exigen es una de las 40 faltas graves tipificadas por la Ley de Tránsito.

En caso de ser sorprendido por Carabineros circulando con las luces desactivadas, el conductor arriesga una multa que va desde las 1 UTM a las 1,5 UTM; es decir, entre $67.294 y $100.941, según el último valor de la Unidad Tributaria Mensual informado por el Servicio de Impuestos Internos.

Es importante mencionar que hay vías en que los conductores deben llevar sí o sí las luces activadas, independiente del horario o de cómo esté el tiempo. Estas corresponden a las rutas interurbanas (carreteras como la 68, la 5, la 78 y más), cuyo encendido debe permanecer incluso cuando estas atraviesan zonas urbanas.

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