El Diario Oficial público la ley que permite la prórroga de las licencias de conducir vencidas durante el año pasado, estableciendo que “cuyos vencimientos ocurran durante el año calendario 2025 se entenderán prorrogadas automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2026”.
Asimismo, se indicó que las licencias de conducir cuyos vencimientos ocurran durante el año calendario 2026 se entenderán prorrogadas por un plazo adicional de seis meses, contado desde su fecha original de expiración.
La medida, establecida en el artículo 120 del mencionado documento, señala que la modificación “operará por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de anotación, timbraje ni trámite adicional ante las Direcciones de Tránsito municipales, sin perjuicio de lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito”.
De esta forma, quienes tengan su licencia de conducir con vencimiento durante este año contarán con una prórroga de seis meses desde la fecha de expiración original, mientras que aquellas licencias vencidas desde 2025 podrán seguir utilizándose hasta el 31 de diciembre de 2026.