Prensa

Aclaran las exigencias normadas en reglamento que regula el precio por unidad de medida

Equipo Digital
Fotografía: Cedida
Comparte

La norma, vigente desde septiembre del año 2025, exige a los supermercados, las tiendas y los marketplaces mostrar el Precio por Unidad de Medida junto al valor de venta de los productos, ya sea, por kilo, litro o metro.

Tras la entrada en vigencia el pasado 11 de septiembre de 2025 del reglamento sobre información del Precio por Unidad de Medida (PPUM) de los productos, el SERNAC emitió un dictamen que es, la opinión fundamentada de un experto técnico, para aclarar los alcances de esta disposición que favorece a las y los consumidores del país.

La norma, elaborada por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en la que el SERNAC participó activamente, tiene como finalidad dar mayor transparencia en el conocimiento de los precios que se entrega a los consumidores, con el objetivo de que puedan ejercer una elección más libre y racional.

De esta forma, el reglamento obliga a supermercados, tiendas y marketplaces a dar a conocer el precio por unidad de medida, junto al valor de venta de los artículos.

Entre los beneficios que tiene este nuevo reglamento para las personas consumidoras, es que les permite ejercer adecuadamente su derecho a la libre elección, por cuanto facilita el acceso a la información respecto de una condición muy relevante y que determina muchas veces la compra, como lo es el precio.

De esta forma, los consumidores podrán además obtener un mejor rendimiento a su presupuesto familiar, pues con este reglamento pueden comparar de manera sencilla, por ejemplo, cuánto cuesta realmente un kilo de arroz o un litro de aceite, independientemente del formato o el envase en que se ofrezcan.

Este reglamento aplica a los supermercados en sus sucursales físicas y en sus plataformas online; tiendas de conveniencia, por ejemplo, minimarket de cadena tipo Oxxo, Ok Market, Pronto Copec o A-Stop; y marketplaces, pero no aplica a los vendedores que sean calificados como microempresas, por ejemplo, los almacenes de barrio.

Esta norma establece que el PPUM debe ser exhibido de forma clara y visible en el producto, en la vitrina, en la estantería o en la góndola correspondiente.

Este reglamento aplica a todos los productos, ya sea, nacionales y extranjeros comercializados en el país, cuyos envases o envoltorios indiquen una unidad de medida determinada, por ejemplo, en kilos, gramos, litro, mililitro, área como metro cuadrado, largo como metro o centímetros, entre otras. Los proveedores están obligados a utilizar siempre la misma unidad de medida respecto de los productos que sean del mismo tipo.

En términos generales, corresponde a productos como abarrotes, hogar, artículos y alimentos para mascotas, cuidado personal y cuidado personal para bebés.

Además, aplica a los productos formados por unidades o piezas de idéntica naturaleza que se comercializan en un mismo envase, por ejemplo, productos higiénicos, como pañales o toallas higiénicas.

Etiquetas