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Sujeto que violó y mató a niño de 10 años en Ñuble podría salir en libertad condicional

TVU - Diario Concepción
Fotografía: Referencial | Agencia UNO
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Carlos Silva Valenzuela violó y asesinó a un niño de 10 años en Coelemu en 1998, cuando tenía 20 años. Estuvo a punto de ser fusilado, pero pasó los siguientes 20 años de su vida cumpliendo condena en la cárcel El Manzano y ahora podría ser candidato a salir en libertad condicional. Hay otros dos casos similares en el país.

Un intenso debate planteó la Fundación Amparo y Justicia, a propósito de la presentación de tres condenados a presidio perpetuo por la violación con homicidio de una niña, un niño y una adolescente, respectivamente, a las Comisiones de Libertad Condicional de las regiones de Valparaíso, Biobío y Metropolitana, informó Diario Concepción.

El caso de Biobío corresponde a Carlos Silva Valenzuela, quien el 19 de julio de 1998 violó y asesinó al niño de 10 años Marco Valverde Sanhueza, en Coelemu, actual región de Ñuble. Primero había sido condenado a presidio perpetuo, pero la Corte de Apelaciones posteriormente ordenó la pena de muerte. Dos años después, la Corte Suprema revirtió la medida, en un fallo dividido.

En los tres casos se cumple el requisito del tiempo de condena transcurrido, debido a que en 1998 aún no existía la figura penal de presidio perpetuo calificado, lo que actualmente impide otorgar beneficios antes de completar 40 años de cárcel.

Debate por requisitos

Sin embargo, Karin Hein, abogada de la Fundación Amparo y Justicia, señala a Diario Concepción que en los tres casos, el Servicio Médico Legal efectuó informes que confirman rasgos de personalidad psicopática. “Esto, sumado a la inexistencia de programas de rehabilitación efectiva y a la propia fenomenología de las agresiones sexuales, nos lleva a sostener que su libertad constituiría un riesgo para la sociedad y para los niños, niñas y adolescentes en particular”, agrega la profesional.

Por su parte, la psicóloga de la entidad, Asunción Luksic, añadió que “para las familias afectadas no es indiferente que los homicidas cumplan su condena encarcelados o en libertad. De hecho, su libertad condicional podría afectar significativamente los procesos terapéuticos de las familias”.

El defensor regional, Osvaldo Pizarro, recordó que “la libertad condicional es un derecho de todo condenado que sólo puede ser desestimado por razones objetivas y claramente comprobadas. Constituye una prueba de libertad condicionada a demostrar corrección y rehabilitación para la vida social del beneficiado”.

Precisó que los requisitos para otorgar este derecho son que el postulante esté corregido y rehabilitado para la vida social; que cumpla con los tiempos exigidos de privación de libertad; haber tenido una conducta intachable en el establecimiento penal; haber aprendido bien un oficio, si hay talleres donde cumple su condena y asistido con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento, y a las conferencias educativas que se dicten.

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