Prensa

Subsidio para Sectores Medios: primer llamado del año comenzará este 9 de abril

Javiera Orellana
Fotografía: CISS
Comparte

Este martes 9 de abril comenzará el periodo de postulación al primer llamado del 2019 para el Subsidio para Sectores Medios (DS1), beneficio entregado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Este beneficio está dirigido a la gente con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario.

El Subsidio para Sectores Medios, permite comprar una vivienda nueva o usada, o construir una vivienda en sitio propio o densificación predial (construcción de una vivienda donde ya existe una), en sectores urbanos o rurales.

Montos de subsidios

Considerando que el valor de la UF, para este martes 9 de abril, será de 27.565,76 pesos, el ahorro mínimo requerido para cada tramo es:

  • Título I tramo 1: con $826.973 de ahorro, para viviendas con un valor máximo de $27.565.760, el subsidio será un aporte fijo de $13.782.880 para quienes se lo adjudiquen.
  • Título I tramo 2:  con $1.102.630 de ahorro, para viviendas con un valor máximo de $38.592.064, el subsidio será entre $5.513.152 y $14.223.932 para quienes se lo adjudiquen.
  • Título III:  con $2.205.261 de ahorro, para viviendas con un valor máximo de $60.644.672, el subsidio será entre $3.445.720 y  $9.648.016 para quienes se lo adjudiquen.

Requisitos para postular

  1. Tener mínimo 18 años de edad.
  2. Contar con Cédula de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar, además, el Certificado de Permanencia Definitiva. Este Certificado podrá corresponder al otorgado por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública o al de Vigencia de la Permanencia Definitiva emitido por la Policía de Investigaciones de Chile, con una antigüedad no mayor a 90 días corridos (a partir del 9 de enero de 2019).
  3. Acreditar una cuenta de ahorro de, al menos, 12 meses de antigüedad. Para cumplir con esta antigüedad, la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no debe ser posterior al 30 de marzo de 2018.
  4. Contar con el ahorro mínimo según el valor de la vivienda que se busca comprar o construir, el cual debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día hábil del mes anterior al de la postulación, en este caso corresponden al viernes 29 de marzo de 2019, 14:00 horas. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta, la cual debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.
  5. No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), correspondiente al Título y tramo del subsidio al que desea postular (*):
    1. a) Título I tramo 1: dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica.
    2. b) Título I tramo 2: dentro del 80% de vulnerabilidad socioeconómica.
    3. c) Título II: dentro del 90% de vulnerabilidad socioeconómica.

    Para los casos b) y c), las personas deberán contar, además, con una preaprobación de crédito hipotecario, emitida por una entidad crediticia (bancos, cooperativas, etc.). Este requisito no es exigible para quienes postulen en la modalidad de construcción en sitio propio.

    (*) Los Adultos Mayores que postulen al Título I, tramos 1 y 2, podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH).

  6.  En caso de postular colectivamente el grupo debe:
    • Tener un mínimo de 10 integrantes para la modalidad de adquisición de vivienda construida y dos para la alternativa de construcción.
    • Postular a través de una Entidad Patrocinante.
    • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu (solo para la modalidad de adquisición de vivienda construida).
Etiquetas