Prensa

Ministro Carroza otorga dos penas de 15 años de presidio a "Comandante Ramiro"

Javiera Orellana
Fotografía: Agencia Uno
Comparte

El ministro en visita Mario Carroza determinó el cumplimiento de dos penas de 15 años de presidio para Mauricio Hernández Norambuena, conocido como “Comandante Ramiro”.

El magistrado determinó condenar a Hernández a 15 años de presidio por el homicidio del senador Jaime Guzmán y 15 años de presidio por el secuestro de Cristián Edwards del Río.

Esta determinación da cumplimiento al acuerdo de extradición entre Chile y Brasil que permitió traer al detenido a nuestro país. “Ha quedado sentado que por sentencia de extradición de fecha 26 de agosto de 2004, la República de Brasil ha concedido la extradición de Mauricio Hernández Norambuena con la salvedad que la pena impuesta en Chile no exceda de treinta años”, consideró el ministro.

Cabe destacar que el ministro Carroza reconoció un total de 1.256 días de presidio de cumplimento de pena divididos en dos periodos: 1.244 días por el tiempo que permaneció en cumplimiento de pena antes de su escape en 1996 y 12 días en los que estuvo detenido en Brasil apto para ser extraditado a Chile.

“Establecido el quantum de la pena aplicable, cabe analizar su cómputo, y el cálculo conlleva necesariamente a reconocerle el tiempo de privación de libertad que cumplió en nuestro país, desde su detención el 5 de agosto de 1993 al 30 de diciembre de 1996 inclusive, fecha en que incurre en el quebrantamiento de su condena, unido a los 12 días en que estuvo apto para ser trasladado a nuestro país por la extradición, del 8 al 19 de agosto de 2019”, puntualiza la resolución.

El fallo señala lo siguiente:

I.- Que al extraditado Mauricio Hernández Norambuena, condenado en calidad de autor inductor del delito de atentado contra autoridad política con resultado de muerte del Senador Jaime Guzmán Errázuriz, ilícito perpetrado el día 1° de abril de 1991 en Santiago, en Causa Rol N° 39.800-1991 Cuaderno N° 1, ha de aplicársele y cumplir por este ilícito, la pena de 15 AÑOS (QUINCE AÑOS) de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales y las contempladas en el artículo 9° de la Constitución Política de la República.
A su sanción se le abonará el tiempo que permaneció privado de libertad en Chile, a partir del 5 de agosto de 1993 al 30 de diciembre de 1996, atendido que la sentencia condenatoria firme dispuso iniciar el computo de las penas por el cumplimiento de ésta y a continuación, la impuesta en el Cuaderno N° 2, para el evento que la primera no se cumpliera en su totalidad, correspondiéndole un total de 1244 días de abono, a los que deberán sumarse los 12 días en que estuvo apto para ser trasladado a nuestro país por la extradición, esto es, del 8 al 19 de agosto de 2019, inclusive.
II.- Que a su vez, al extraditado Mauricio Hernández Norambuena, condenado en calidad de autor de los delitos de asociación ilícita terrorista, en calidad de jefe, y autor del delito de secuestro terrorista de Cristián Edwards del Río, ocurrido en la ciudad de Santiago, entre el 9 de septiembre de 1991 y el 1° de enero de 1992, en Causa Rol N° 39.800-1991 Cuaderno N° 2, ha de aplicársele y servir por estos ilícitos, con posterioridad a la anterior, la pena de 15 AÑOS (QUINCE AÑOS) de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales y las del artículo 9° de la Constitución Política de la República”

Etiquetas