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Cordón sanitario en Talcahuano: conoce quiénes podrán acceder a salvoconducto

Equipo Digital
Fotografía: Archivo | Agencia UNO
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Desde las 5:00 de la mañana de este miércoles ya no se podrá entrar ni salir de Talcahuano, debido al cordón sanitario que busca frenar los contagios de covid-19 en la comuna puerto. La medida se extenderá por, al menos, 14 días, según estimó la Intendencia.

Como en toda medida sanitaria, habrá salvoconductos individuales para cruzar los puntos de control, destinados a quienes tengan una hora médica (el permiso durará 12 horas), quienes deban asistir a un funeral (5 horas dentro de la región o 24 horas fuera de ella) y quienes deban cambiarse de casa (24 horas dentro de la región y 48 fuera de ella).

El salvoconducto individual es único, personal e intransferible y debe ser solicitado en www.comisariavirtual.cl.

Funcionarios públicos

Podrán cruzar el cordón sanitario solo portando credencial o documento institucional, junto a su cédula de identidad, todos los funcionarios de instituciones de salud y dependencias destinadas a esas funciones; niñas y niños que estén al cuidado de ese personal; gásfiters y electricistas acreditados; Bomberos, Carabineros y otras instituciones del Estado.

Trabajadores

Solo podrán acceder a permiso los trabajadores de empresas definidas como esenciales y bajo dos modalidades:

Permiso de Desplazamiento Colectivo (credencial o documento que acredite relación contractual): incluye al personal del transporte público, personal de transporte de bienes (con guía de despacho), personal de puertos, aeropuertos, ferroviarios y terminales; personal de almacenamiento de bienes; ministros de culto (en actividades impostergables); feriantes; pescadores (con permiso de Directemar).

Permiso Único Colectivo (tramitado por el empleador en www.comisaríavirtual.cl): incluye a personal de servicios eléctricos, sanitarios y de combustibles; trabajadores de medios de comunicación; docentes y asistentes de la educación; personal de autopistas, telecomunicaciones, de bancos e instituciones financieras, de isapres y AFP, de servicios funerarios, recolectores de basura, personal de correos, notarías; personal de empresas de alimentos, de empresas mineras, personal de servicios veterinarios, de hoteles con huéspedes; conserjes y guardias; repartidores de delivery y en general, el personal de la cadena de alimentos y comercio de bienes esenciales.

Conoce aquí el detalle de los permisos de desplazamiento:

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