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¿Quiénes podrían acceder al subsidio al dividendo de la tasa hipotecaria?

Equipo Digital
Fotografía: Contexto | Pexels
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Fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.748, que establece un subsidio a la tasa de interés de los créditos hipotecarios para la adquisición de viviendas nuevas, reduciendo significativamente el monto de los dividendos mensuales.

A través de la nueva legislación pretenden incentivar el acceso a la vivienda y agotar el stock de propiedades que están con entrega inmediata, la que no se ha podido concretar por complicaciones propias de la crisis habitacional que atraviesa el país.

Otra medida que establece la iniciativa es la modificación a la Ley 21.543, desde la que nace el Fondo de Garantías Especiales (Fogaes). Se le agregó un artículo transitorio para crear el “Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva”, cuya principal característica es que garantiza hasta el 60% del valor de la propiedad.

Pero ¿Quiénes podrán ser beneficiarios del subsidio a la tasa hipotecaria?

El nuevo subsidio habitacional se traduce en la cobertura de hasta 60 puntos base sobre la tasa de interés para créditos hipotecarios, asignado en simultáneo con las citadas Garantías de Apoyo a la Vivienda Nueva. No será aplicable a compraventas de promesas celebradas antes del 31 de diciembre de 2024 ni a hipotecarios cuyas condiciones hayan sido modificadas.

Se otorgará un total de 50.000 subsidios —6.000 de ellos se destinarán a beneficiarios de subsidios como el DS1, DS19 u otros, que reúnan otros requisitos— entre todas las personas que se ajusten a estas dos principales condiciones:

  • No son propietarias y van a efectuar la compra de su primera vivienda (es decir, esta debe ser nueva).
  • El valor de la propiedad que les interesa adquirir no supera las 4.000 UF (cerca de $157 millones).
  • Que cumpla con los requisitos para acceder al Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva (prácticamente, son los mismos que los dos anteriores).

Cabe destacar que desde el Gobierno recalcan que el subsidio se aplicará a compraventas realizadas desde enero 2025. Con todo, tampoco se necesitará postular al mismo.