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Presidente Boric promulga ley que fortalece la persecución del narcotráfico y el crimen organizado

Equipo Digital
Fotografía: Presidencia
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El Presidente Gabriel Boric promulgó este martes la Ley Antinarcotráfico, iniciativa que fortalece la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, regulando el destino de los bienes incautados, fortaleciendo instituciones de rehabilitación y reinserción social.

Durante la intervención, el mandatario señaló que su objetivo es “golpear con mucha fuerza al crimen organizado y recuperar cada uno de los barrios de nuestra Patria que han sido tomados por narcotraficantes. Que todas las chilenas y chilenos puedan vivir tranquilos en sus comunidades, que recuperen sus espacios públicos, sus parques, sus plazas, que puedan caminar por las calles sin miedo”.

Con respecto a la nueva norma, desde presidencia sostuvieron que “es un paso muy importante en la dirección de impedir que las organizaciones se enriquezcan. Hay muchas que, durante mucho tiempo, se acostumbraron a ostentar el producto de sus delitos y se generó una cultura de ostentación que pareciera haberse naturalizado”.

La ley sanciona a quien administre a terceros sustancias ilícitas sin su consentimiento, pena que va desde los 5 hasta los 15 años y un día, agravándose en caso de realizarse bajo amenaza o intimidación. También establece que, “si algún delito relacionado a las drogas se comete valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, la pena aumentará en dos grados, cuando se proveyere de armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos”.

Incautación de bienes de narcotráfico

Entre los instrumentos incautados se incorporan muebles e inmuebles, que serán destinados provisionalmente por el juez de garantía, tanto a una institución del Estado, o con previa caución, a una institución privada sin fines de lucro, cuyo objetivo sea la prevención del consumo indebido, el tratamiento, y la rehabilitación de las personas afectadas por el consumo de drogas y alcohol.

Bajo estas modificaciones, las policías podrán ocupar inmuebles decomisados a narcotraficantes mientras dure el juicio. Se introducen mejoras en los procesos de enajenación temprana de bienes, ampliando  los bienes susceptibles de ser enajenados de forma temprana, agilizando los procesos para instituciones como Senda.

De forma posterior, el jefe de Estado enfatizó que “el respeto a los derechos humanos no es incompatible con la persecución firme, categórica e implacable de quienes cometen delitos, atemorizan a nuestra gente y le roban los espacios públicos al pueblo”.

Cultivo medicinal de cannabis

Desde ahora se dará por justificado el cultivo de cannabis para la atención de un tratamiento médico, con la debida presentación de una receta médica entregada por un médico cirujano tratante, el cual debe indicar el diagnostico de la enfermedad, su tratamiento y duración. Sumado a que las dosis no podrán ser administradas en forma de combustión. Además, “la norma también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis. La pena aumentará en un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero”.

Reporte de TVU Noticias Edición Central

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